domingo, 14 de octubre de 2012

Locke y la privatización de las calles

Frecuentemente salgo a caminar con mi padre por las calles de Maracaibo. Y, en varias ocasiones, hemos tenido que desviar nuestras rutas tradicionales porque nos encontramos con portones y brazos mecánicos forzados que encierran a vecindarios, y convierten en privadas calles que anteriormente habían sido públicas.


            Este fenómeno se ha intensificado en los últimos años. El principal motivo es, por supuesto, el brutal incremento de la inseguridad en Venezuela. Los vecinos estiman que, al encerrar sus comunidades y restringir el paso de vehículos y peatones, se protegen mejor frente a la delincuencia. Con todo, sospecho que la inseguridad no es el único motivo; habrá plenitud de vecinos que no consideran que el restringir el paso a sus comunidades contribuya a mejorar la seguridad, pero con todo, aprueban estas medidas como imitación de quienes ya lo hacen. El razonamiento, me parece, es el siguiente: si los demás se apropian impunemente del espacio público y yo tengo también la oportunidad de hacerlo, entonces no debo desaprovechar esta oportunidad.
            Los criminólogos disputan que estas medidas en realidad sean efectivas para reducir el crimen. Más bien generarán mayor alienación respecto a los potenciales delincuentes, lo cual, a su vez, genera más crimen. Puede ser que los vecinos se sientan resguardados en sus comunidades cerradas, pero al salir, están en mayor riesgo que cuando sus comunidades estaban abiertas, pues la decisión de cerrarlas creó más odio y resentimiento en la gente que vive fuera.
            Y, por supuesto, las comunidades cerradas son una pesadilla para los urbanistas. En Maracaibo, son especialmente problemáticas porque obstaculizan el paso vehicular en zonas estratégicas. Como resultado, se forman terribles embotellamientos de tráfico. La alcaldía de Maracaibo prometió en alguna ocasión desmantelar las comunidades cerradas que se apropiaron de calles anteriormente públicas, pero como suele ocurrir en este país, todo se quedó en promesas.
            Durante nuestras caminatas, no obstante, mi padre no se conforma con presentarme estos argumentos de sentido común en contra de las calles privadas. Los suyos son más profundos. Con frecuencia me señala que la calle privada es un robo, casi un crimen. Los vecinos probablemente son personas con influencia política, y han manejado la autoridad pública para favorecer sus intereses privados, y así agrandar su patrimonio.
           El argumento de mi padre es en buena medida una paráfrasis de la contundente retórica de Rousseau, en su célebre pasaje procedente del Discurso sobre el origen de la desigualdad: “El primer hombre que, al cercar un pedazo de tierra, dijo ‘esto es mío’, y encontró gente lo suficientemente simple como para creerle, fue el verdadero fundador de la sociedad civil. ¡Cuántos crímenes, guerras, miserias y horrores se pudo haber ahorrado la humanidad, si alguien hubiese dicho a sus compañeros: ‘tened cuidado al escuchar a este impostor, estáis condenados si olvidáis que los frutos de la tierra son propiedad de todos, y que la tierra es propiedad de nadie”.
            El argumento es emotivo, pero por supuesto, ¿quién da un paso al frente y devuelve la propiedad que, bajo el mismo argumento de Rousseau, procede de un engaño? Mi padre considera ladrones a los vecinos que se apropiaron de las calles públicas. Inmediatamente le pregunté: ¿pero el terreno sobre el cual reposa tu apartamento no procede también de un hombre que dijo ‘esto es mío’, y encontró gente simple como para creerle? Mi padre sonrió, y seguimos caminando.
            En realidad, mi pregunta retórica no hace más que cometer una falacia tu quoque (“tú también”); rechaza un argumento sencillamente diciendo: “tú también lo haces”. Eso no es suficiente refutación. Por ello, esta situación invita a reflexionar sobre una antigua pregunta filosófica: ¿bajo qué condiciones podemos considerarnos los legítimos propietarios de algo?
            Algunos filósofos han respondido, a la manera del estafador imaginado por Rousseau: quien llegue primero y reclame algún elemento natural, tiene derechos sobre eso. En otras palabras, siempre y cuando algún elemento no tuviera un propietario previo (aquello que los juristas llaman res nullius, cosa de nadie), justamente se puede reclamar su propiedad. Insólitamente, los defensores de los derechos indígenas suelen usar este argumento para sostener que, puesto que sus ancestros fueron los primeros en llegar a este continente, ellos son los verdaderos propietarios de la tierra. Este argumento es bastante pobre. ¿Por qué el haber llegado de primero a un lugar justifica su propiedad? ¿Qué méritos tiene el mero hecho de estar en un lugar?
            Los filósofos más refinados han buscado un criterio más firme y sensato para justificar la propiedad. No se trata meramente de quién se encontró primero con un recurso natural, sino de cuánto trabajo ha llevado su transformación, lo que justifica la propiedad. El filósofo John Locke era el más emblemático defensor de este criterio: a su juicio, la propiedad procede de una mezcla de trabajo con el recurso natural. Bajo el criterio de Locke, puedo considerarme el legítimo propietario del fruto de mi trabajo. Así, si me encuentro una rama de un árbol, no puedo decir que propiamente me pertenece. Pero, si trabajo y convierto esa rama en una lanza, entonces sí puedo considerarme su propietario. Locke calculaba que el 99% de las propiedades llevan alguna forma de trabajo, y precisamente esto legitima que tengan dueño. Contrario al primero, este criterio es mucho más meritorio. No se premia a quien haya llegado primero, sino a quien se haya esforzado en convertir el elemento natural en algo útil.
           Con todo, Locke colocaba una condición: con mi trabajo puedo convertirme en propietario de una cosa, siempre y cuando no acapare el recurso natural original. Es decir, al mezclar mi trabajo con el recurso natural, puedo considerarme propietario del producto que resulte, pero sólo si hay suficientes recursos naturales para que otros hagan lo mismo. Si me encuentro un manantial en una zona donde escasea el agua, y construyo un pozo, aun si ese pozo procede del fruto de mi trabajo, no puedo considerarme su legítimo propietario, pues estoy acaparando el agua, y no estoy permitiendo el acceso de un recurso natural a otras personas.
            En fechas más recientes, el filósofo Robert Nozick ha elaborado una doctrina similar a la de Locke. Según Nozick, puedo considerarme propietario de algo si se cumplen dos condiciones básicas. La primera, es que haya justicia en la adquisición original del bien, y en esto, Nozick sigue de cerca la doctrina de Locke. La segunda, es que haya justicia en las transacciones, y bajo esto, Nozick postula que las transferencias deben ser consensuadas y los participantes deben tener un conocimiento razonable de lo que están haciendo. Si, al cumplirse estas dos condiciones, se desemboca en un estado de gran desigualdad, Nozick sostiene que debemos aceptarlo. No es reprochable que Bill Gates sea un magnate a la vez que haya pordioseros en la calle, siempre y cuando la propiedad de Bill Gates haya sido acumulada teniendo en cuenta esos dos principios básicos.
            Éstas son justificaciones deontológicas (a saber, justificaciones que se concentran en el deber intrínseco) de la propiedad. Pero, hay justificaciones utilitaristas, las cuales son también dignas de consideración. La propiedad privada, se alega, asegura el cuidado de los recursos y su óptima administración. Lo público no tiene dolientes, de forma tal que, para poder asegurarse de que no habrá despilfarro, conviene dejar los elementos en manos privadas, pues los individuos, al sentirse propietarios privados de algo, lo cuidarán mejor. La propiedad pública fácilmente conduce a aquello que ha venido a ser llamado ‘la tragedia de los comunes’: el abuso de los recursos colectivos, en vista de que no tienen dueño particular.
            La privatización de las calles en Maracaibo podría tener una justificación utilitarista. Es indiscutible que, a partir de ahora, en esas calles privatizadas no habrá basura, se cultivarán áreas verdes, y recibirán un cuidado adecuado. El individuo arroja basura a la calle pública porque calcula que el aseo público, financiado por el Estado, recogerá la basura. En cambio, en la calle privada, el individuo comprende que él mismo debe financiar el aseo. Al calcular los costos que afectan su propio bolsillo, llega a la conclusión de que es preferible no botar basura. Con todo, la privatización de las calles ubicadas en zonas estratégicas genera terribles problemas urbanísticos, de forma tal que es cuestionable su justificación utilitarista.
            Más aún, al tener en consideración las justificaciones deontológicas, la legitimidad de la privatización de las calles en Maracaibo no reposa sobre piso firme. En primer lugar, las calles no son res nullius. Ya tenían dueño, a saber, el Estado. Y, el Estado se hizo dueño de ellas mediante una mezcla de trabajo y recursos naturales, de forma tal que bajo el criterio de Locke, su legítimo propietario es quien las construyó en un inicio, y esto apunta invariablemente al Estado. La privatización de la calle es, en efecto, un robo.
            Así, en mis caminatas, mi padre no supo responder por qué la privatización de las calles en Maracaibo sí es un robo, pero la propiedad de su apartamento sí es legítima. Creo que, ahora, estamos en mejor posición para responder. Los vecinos que privatizan calles depredan algo que ya estaba construido con el trabajo de los demás, y no se trató de una relación de consenso. En cambio, mi padre no depredó nada, y en su adquisición predominó el consenso: con el fruto de su trabajo, y mediante negociaciones voluntarias, logró que otras personas le transfirieran una propiedad. Quizás, hace quinientos años, cuando llegaron los conquistadores españoles, hubo una depredación forzosa de una tierra que seguramente era reclamada como propiedad por algún cacique indígena, y sobre esta tierra se construyó el apartamento de mi padre. Pero, es dudoso que los descendientes de ese cacique indígena puedan legítimamente reclamar la propiedad de esa tierra y lo que hay sobre ella ahora. No sólo no tienen forma de demostrar su propiedad previa, sino que, esa tierra era un mero recurso natural; los sucesivos poseedores fueron añadiendo trabajo a esta tierra para convertirla en algo valioso, y bajo el criterio de Locke, esto es un factor de peso para considerarlos los nuevos legítimos propietarios.
Con todo, surge una complicación. Previsiblemente, las calles privadas mejorarán su condición (en vista de que lo privado suele conservarse mejor que lo público), y los vecinos añadirán su trabajo para la conservación de su nueva propiedad. ¿El trabajo añadido de los vecinos eventualmente los podría convertir en legítimos propietarios? Me temo que en este caso no. El trabajo añadido no elimina el hecho de que, en un inicio, hubo una apropiación forzosa e ilegítima de algo que ya estaba construido. A diferencia de la tierra sobre la cual reposa el apartamento de mi padre, las calles públicas de Maracaibo no eran meros recursos naturales, ya contaban con suficiente trabajo elaborado, como para tener un propietario con pleno derecho, a saber, el Estado.
 Robert Nozick permite una posibilidad: si se toman medidas para corregir la injusticia inicial en la adquisición de la propiedad, entonces sí podría concederse en propiedad legítima. Los vecinos tendrían que pagar una justa compensación al Estado. Quizás mi padre también tendría que pagar una compensación a los indígenas que hipotéticamente reclaman haber sido los propietarios originales de ese terreno, pero hay dos factores que hacen esto más difícil de sostener. En primer lugar, sabemos muy bien que el Estado sí era el propietario de las calles, mientras que la ausencia de títulos no nos permite saber quién era el propietario original del terreno. Y, en segundo lugar, el Estado se hizo propietario de esas calles mediante el trabajo añadido a los recursos naturales, mientras que los indígenas propietarios del terreno del apartamento de mi padre presumiblemente sólo las ocuparon, pero no le añadieron trabajo, y en ese sentido, no tienen tanta fuerza en su reclamo.
 En Maracaibo, el Estado debe tomar medidas pronto respecto a las calles privadas, pues entre más pasa el tiempo, será más fácil que se convierta en un fait accompli, un hecho cumplido, y el trabajo acumulado de los nuevos propietarios podría hacer más difícil despojarlos de la legitimidad de su propiedad. Siempre será tentador buscar excusas para el robo: Jean Valjean tomó una pieza de pan porque tenía hambre. Pero, por más conmovedoras que sean, estas excusas no son convincentes a las personas con una inclinación analítica. Pues bien, así como el hambre de Jean Valjean no debería excusar a los ladrones de pan, la inseguridad de una zona de Maracaibo tampoco debería excusar a los ladrones que privatizan calles públicas.  

13 comentarios:

  1. Me pregunto si la justificación lockeana de la propiedad conduce inevitablemente al libertarianismo.

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    1. Sí, casi todos los libertarios se amparan en Locke para defender sus posturas.

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    2. Me llama la atención la visión de Nozick sobre la propiedad. Y aunque sé que él es un libertario minarquista, no un "ancap", me hace pensar que los impuestos tal vez están injustificados. Pues si los bienes propios se adquirieron legítimamente, ¿qué justificación tiene el Estado para realizar impuestos?

      En ese sentido, tal vez los impuestos son una forma de robo, pues, te guste o no, se sustrae una parte de tus ingresos para financiar determinados servicios. Todo bajo coerción (si te niegas, puedes pasar un tiempo en prisión).

      ¿Cuál es la diferencia entre esto y un grupo de mafiosos que llega a tu negocio a exigir el pago de "protección"? Y si te rehusas, sabes que cosas malas van a pasar.

      Con esto no necesariamente digo que los impuestos no deberían existir, ya que no me queda que sea justo o conveniente; lo que digo es que no encuentro justificación racional para ellos.

      Por cierto, ya que aquí hablas de justificaciones deontológicas de la propiedad (privada), me preguntaba si sabes de justificaciones de este tipo pero para la propiedad social sobre los "medios de producción". ¿O los socialistas se quedan en justificaciones utilitaristas (trae más felicidad para más personas, es más eficiente...)?

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    3. 1. Álex, tu argumento es típicamente libertario, y muchos filósofos te acompañan. Quizás podría contraponer tu argumento con la postura de John Rawls: a su juicio, si bien hay gente que ha conseguido riqueza legítimanente, hay un gran componente de suerte en ello. Y, en vista de que todos corremos el riesgo de tener mala suerte (tu casa se puede quemar, etc.), Rawls propone un mínimo de bienestar para todos los ciudadanos. Ese mínimo de bienestar sólo se puede lograr recaudando impuestos. En ese caso, el Estado NO sería como la mafia, porque a diferencia de los mafiosos, recolectaría dinero forzosamente, pero con el objetivo de garantizar un mínimo de bienestar a todos (aunque, sabemos muy bien que en la práctica esto rara vez ocurre).
      2. Supongo que las justificaciones deontológicas de los socialistas están en que todos tenemos una obligación social con nuestros conciudadanos, y en ese sentido, es inmoral que una persona tenga mucho dinero si la otra no tiene nada.

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    4. No tengo claro que del hecho de que haya desigualdad o "mala suerte" se siga el deber de hacer algo para quienes las padecen. ¿Por qué iba a ser así? Y repito: no necesariamente digo que no deba hacerse, pues desde una visión utilitarista podría fácilmente justificarse. Pero desde la deontología no lo siento así, salvo que sea voluntario.

      Al menos hasta hace poco, me consideraba de izquierda. Pero esta cuestión me da vueltas por la cabeza.

      En fin, me gusta mucho tu blog. Saludos.

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    5. Según Rawls, debe ser así, porque al conformarnos en sociedad, debemos imaginar cómo se viviría si tuviéramos el peor lugar en la escala social (Rawls llama esto el "velo de la ignorancia"). Todos quisiéramos, aun si caemos en lo más bajo, tener un mínimo de bienestar. Es un deber intrínseco, porque todos los seres humanos tenemos un mínimo de derechos que la sociedad nos debe ofrecer.

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    6. Sé lo que Rawls opina, pero no el cómo lo justifica. Poniendo un ejemplo deportivo, y en base a la teoría de Rawls, ¿los peores equipos de fútbol deberían obtener de todos modos premios, por eso de "tener un mínimo de bienestar"?

      Sí, todos quisiéramos tener, aunque sea, un mínimo de bienestar. Lo que no entiendo es como de ese deseo o necesidad se sigue el deber de otros de garantizarlo. ¿Los deseos/necesidades de unos crean deberes en otros?

      Se me ocurre que puede que la única forma en la que al "conformarnos en sociedad" obtengamos deberes positivos hacia otros es mediante contrato. Así, estaría bien si una comunidad o un grupo de trabajadores en un lugar de trabajo acordaron que, en caso de necesidad, ayudarían a sus vecinos/compañeros.

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    7. 1. Es muy oportuno que menciones la analogía del deporte. Supongo que Rawls diría algo así: no hay que dar "premio de consolación" a los peores equipos de fútbol, pero sí hay que garantizarles un mínimo de bienestar (si un jugador de un equipo perdedor se lesiona, hay que atenderlo, etc.). Trato de explicarlo acá: http://opinionesdegabriel.blogspot.com/2012/10/como-repartir-la-riqueza.html
      2. Rawls dice que tenemos obligación de garantizar un mínimo de bienestar a todos, porque siempre existe el riesgo de que, yo mismo, caiga en lo más bajo de la sociedad (se me puede quemar la casa, me pueden matar a mi familia, etc.). Y, en ese caso, yo quisiera que al menos la sociedad me ofreciera un mínimo de garantías.
      3. Has dado en el clavo cuando hablas de "contrato". Pues, precisamente, Rawls procede de la tradición contractualista de Locke y Rousseau, y dice que toda la sociedad opera como la comunidad o grupo de trabajadores a la cual haces referencia.

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    8. Creo que los deberes positivos podrían derivarse del contrato voluntario e informado. Sin embargo, el contractualismo, hasta donde entiendo, me parece que no cumple las condiciones, pues asume un supuesto contracto social al que uno se suscribe implícitamente por el sólo hecho de pertenecer a la sociedad. Lo peor es que aparentemente no se puede deshacer. Pues, si según Rawls, garantizar a otros un mínimo de bienestar es parte del supuesto contrato social, pero nadie puede decidir no ayudar a otros, estando dispuesto a que en consecuencia nadie le ayude, entonces esto es cualquier cosa menos un contrato. Estás en él sí o sí. No hay alternativa.

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    9. Tu objeción es la que siempre se ha hecho a los contractualistas, y tiene mucho peso: a mí nunca me preguntaron si yo quería o no ese contrato. Supongo (no sé sí Rawls alguna vez planteó esto), que si no me gustan los términos del contrario, siempre queda la opción de retirarse de la sociedad, irse a la selva. Al aceptar vivir en sociedad, estoy aceptando implícitamente los términos del contrato.

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    10. Traducción: "Si no te gusta el contrato social tal y como fue 'revelado' por los teóricos del contractualismo, vete. No puedes deshacer ni renegociar nada". ¿Soy yo o esto es arbitrario y reaccionario?

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